En la misma reunión del martes en la que decidieron levantar la medida cautelar con la que habían suspendido las elecciones en Tucumán, los jueces de la Corte Suprema acordaron esperar para avanzar con los amparos presentados contra la postulación del gobernador de FormosaGildo Insfrán, para un nuevo mandato. Se supone que no harían nada hasta que se oficializara la candidatura, algo que hasta ahora no ocurrió. Sin embargo, el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, decidió apurar el envío de los dos planteos de la oposición a la Procuración General de la Nación para que dictamine sobre la competencia de la Corte en este asunto. Por más burocrático y formal que sea, cada paso del tribunal tiene una lectura política obligada, y sus integrantes lo saben. El solo hecho de abrir alguna expectativa de tratar el caso formoseño implica una nueva amenaza contra una elección con posible ganador peronista que derrama sobre todo el proceso electoral, en el cual los cortesanos han decidido inmiscuirse sin pudor.

La impugnación de Insfrán tiene un condimento adicional que deja en evidencia que la ofensiva suprema excede la dimensión provincial: por decisión del Congreso del PJ, que preside el mandatario formoseño, será el único habilitado para firmar la autorización de alianzas electorales con las que el peronismo irá a las elecciones. Había quienes creían que sería el presidente Alberto Fernández. Tras la reunión del congreso partidario, con la firma del secretario de juicios originarios, la Corte mandó los expedientes formoseños a la Procuración.

En esta línea fue que Cristina Fernández de Kirchner, a través de la carta que ratificó que no será candidata, aludió a la decisión de la Corte de suspender las elecciones en Tucumán San Juan y a su posible escenario personal: «Cuando hablé de proscripción en diciembre de 2022, no era en ejercicio de artes adivinatorias, sino con la comprensión de la etapa histórica que estamos atravesando. Así como tres personas lo hicieron con las provincias de Tucumán y San Juan, no tengan dudas de que lo harán contra mi persona con el fin de evitar que el peronismo pueda participar del proceso democrático, o bien debilitarlo, conduciéndonos a un callejón sin salida».

La República según la Corte

Hasta ahora, en los casos de San Juan y Tucumán, los dictámenes de la Procuración no fueron firmados por el titular interino del organismo, Eduardo Casal, sino por la procuradora Laura Monti, quien sostuvo que la Corte no debe entrometerse en estas discusiones ligadas a las normas provinciales, que deberían resolver los tribunales locales. A la mayoría cortesana que integran Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, mucho no le importó esa opinión que, de todos modos, no es vinculante, y suspendió los comicios en Tucumán y San Juan con solo cinco días de anticipación. Pese a que se trató de medidas cautelares, el trío supremo exhibió argumentos para justificarse que parecen adelantar su posición y que envalentonaron a la oposición en Formosa, donde la Constitución no impide la reelección indefinida de gobernador/a, y no se descarta que aparezcan planteos similares desde Santa Cruz y Catamarca, donde pasa lo mismo.

Si bien las constituciones de San Juan y Tucumán ponen algunos límites, se discute cómo interpretarlos. Pero más allá de esa controversia, la mayoría de la Corte introdujo una interpretación más general a la que muchos pueden aferrarse. Dijo que podría haber un daño irreparable si avanzaban los comicios porque se podría interpretar que las constituciones provinciales no respetan el sistema representativo republicano de gobierno al que alude la Constitución Nacional en los artículos 1º y 5º. El punto es que para estos cortesanos el republicanismo implica evitar la perpetuación en el poder y supone la «periodicidad en los mandatos» y «renovación de autoridades». Eso es una interpretación, que no existe en esos términos en el texto constitucional y que se jactan de haber introducido en 2019, en el fallo contra la reelección de Alberto Weretilneck en Río Negro. Algo curioso es que en aquel caso Rosenkrantz votó en disidencia con el argumento de que quien impugnaba (el actual ministro de Justicia, Martín Soria) no lograba demostrar que se violara el sistema republicano de gobierno.

El caso Formosa

Hay dos amparos de Juntos por el Cambio presentados en la Corte con el objetivo de suspender las elecciones en Formosa, previstas para el 25 de junio. Si bien Insfrán no oficializó su candidatura -algo previsto para el 21 de mayo- es conocido que aspira a un octavo mandato consecutivo. Asumió en 1995. En 2003 hubo una reforma constitucional. El artículo 132º quedó redactado así: «El gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos». Antes permitía dos mandatos consecutivos para gobernador y vice.

Las presentaciones ante la Corte fueron hechas por el diputado y candidato a la gobernación por JxC Fernando Carbajal; y por la legisladora y apoderada del Frente Amplio Formoseño –que nuclea a JxC y otras fuerzas opositoras–, Agostina Villaggi. Los reclamos piden que se declare la inconstitucionalidad del artículo 132º en cuestión, con los argumentos de alternancia y periodicidad en el poder que invocó la propia Corte. Los cortesanos tienen cierto margen para resolver con agilidad, si quieren, y no unos pocos días antes de la elección como hicieron con San Juan y Tucumán. En este segundo caso, la cautelar logró que bajara su candidatura a vicegobernador Juan Manzur, mientras Sergio Uñac sigue en carrera.

La Corte, de hecho, tiene que resolver la discusión de fondo del caso sanjuanino. Lo haría, prevén en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, antes de fin de mes. Uñac es candidato a gobernador del Frente San Juan por Todos y fue impugnado por Sergio Guillermo Vallejos Mini, el candidato de la alianza “Unidos por San Juan” (expresión de JxC y aliados), alineado con Javier Milei. Dijo que el tribunal electoral provincial desconoció «el límite a la posibilidad de reelección establecido en el artículo 175º de la Constitución provincial» pero también invocó la nacional. La norma dice que «el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Uñac fue vicegobernador en 2011 y gobernador en 2015 y 2019.

Puertas adentro de la Corte Suprema hay quienes intuyen que los jueces podrían decir algo también sobre la discusión planteada en Tucumán, aunque hayan declarado abstracta la cautelar que suspendió la votación. Lo que sea que resuelvan a esta altura, hay un daño que ya está hecho y que parecería deliberado tratándose de quienes concentran tanto poder: Eugenio Raúl Zaffaroni, exjuez de la Corte y profesor emérito de la UBA, lo definió de manera concreta al señalar que «interrumpieron el proceso democrático» que se venía desarrollando y, para colmo, hasta ahora no cumplieron la misión de todo juez/a, que es resolver conflictos, que ahora se expanden.

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