El proyecto que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria aprobado en la Cámara de Diputados –que el presidente Javier Milei avisó que vetará en caso de que el Senado la convierta en ley- es sustancialmente más beneficiosa y contemplativa de la crisis económica que la que el Gobierno utiliza, y más equitativa respecto de la que quiere imponer.

Un breve punteo sobre las claves de ambas iniciativas muestra a las claras el carácter restrictivo de lo que concibe la administración de La Libertad Avanza (LLA) en materia de derechos previsionales.

En tanto, la iniciativa aprobada este miércoles en la madrugada por diferentes bloques de la oposición apunta a crear una fórmula de movilidad que repare el brutal ajuste de estos meses.

Las jubilaciones bajo la fórmula que impulsa la oposición

  • El haber mínimo no debe ser menor al valor de una canasta básica de adulto mayor, que actualmente es de 285 mil pesos.
  • Un pago extra de 8 por ciento para alcanzar el 20,6 de la inflación de enero. El gobierno solo había dado 12,5 aplicando su índice de movilidad jubilatoria.
  • La fórmula de movilidad quedaría atada al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide la inflación, y a los salarios promediados en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
  • La actualización se aplicará de manera semestral. Además, se establece un aumentos adicional una vez al año, en marzo, por el 50 por ciento de la diferencia entre la variación salarial y la inflación.
  • Las deudas de las cajas previsionales provinciales deberán ser canceladas por la ANSES o con fondos de impuestos nacionales, como el del cheque, PAÍS e IVA. Es decir que no se toca el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.

La movilidad jubilatoria de Milei

Por su parte, la fórmula de movilidad que aplica el gobierno toma como único parámetro el Índice de Precios al Consumidor. Es decir que no contempla aumentos retroactivos que reparen la pérdida de los meses anteriores.

Además, el proyecto del gobierno incluido en la Ley Bases que desde hace meses no puede aprobar se caracteriza por la supresión de varios beneficios que conllevan a la pérdida del derecho jubilarse. Algunos de sus puntos son:

  • Se elimina la moratoria previsional, con lo cual quien no tenga los años de aporte no se podrá jubilar.
  • Quien no tenga 30 años de aportes en la ANSES no se podrá jubilar. Esta medida afecta sobre todo a mujeres.
  • Quienes no tengan los años de aportes necesarios solo van a poder acceder a la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) a los 65 años, y cobrarán solo el 80 por ciento del haber mínimo.
  • Quienes quieran acceder a la PUAM deberán demostrar que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social.
  • En reemplazo de la moratoria jubilatoria, se crea un sistema denominado Prestación de Retiro Proporcional (PRP) que consta de un haber mensual equivalente a la PUAM.
  • Para acceder a esta prestación, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos: 1) Tener 65 años de edad o más. 2) Acreditar un mínimo de 10 años de aportes previsionales. 3) No haber renunciado voluntariamente a un empleo en los últimos 36 meses previos al cumplimiento de la edad jubilatoria.

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